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PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN
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Reclamación de Violaciones del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos
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Estado contra Estado (sólo si el demandante reconoce par sí la competencia
del comité). Competencia reconocida por España por un periodo de 3 años,
el 25/1/85 (BOE 17/4/85)
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Comité de derechos humanos
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Individuo contra Estado (sólo si el demandado es parte firmante del protocolo facultativo). España se adhirió al Protocolo el 17/1/85 (BOE
2/4/85)
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El demandante comunica sus alegaciones directamente al demandado
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Se intenta una conciliación sin intervención del comité
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Eleva comunicación al Comité
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Transcurridos 6 meses sin solución, se eleva comunicación al Comité
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Admisión de la demanda y examen de los hechos
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Admisión de la demanda y examen de los hechos
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Reclamación de alegaciones al demandado
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Intento de conciliación entre las partes
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Emisión de un informe
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En un plazo máximo de 12 meses
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Emisión de un informe
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Creación de una comisión especial de conciliación
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En un plazo máximo de 12 meses
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Emisión de un informe
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