Denunciamos las debilidades del I Plan Nacional de Derechos Humanos y Empresas

Cuando se cumplen dos años de la entrada en vigor de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, las organizaciones que formamos la alianza «Enlázate por la Justicia» —Caritas, CONFER, Justicia y Paz, Manos Unidas y REDES— hacemos una valoración del recientemente aprobado I Plan Nacional de Derechos Humanos y Empresas por parte del Consejo de Ministros.

La fecha del 2º aniversario de la entrada en vigor de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, es un momento oportuno para que las entidades que impulsamos en la alianza «Enlázate por la Justicia» —Caritas, CONFER, Justicia y Paz, Manos Unidas y REDES— hagamos una valoración de la aprobación del I Plan Nacional de Derechos Humanos y Empresas por parte del Consejo de Ministros del pasado 28 de julio.

Esta decisión gubernamental, que, a pesar de algunas deficiencias, creemos positiva, llega varios años después del último borrador, que fue elaborado con la participación de las organizaciones del Tercer Sector y que nunca llegó a ser aprobado. El nuevo texto, sin embargo, se ha reelaborado sin ninguna participación de la sociedad civil y sin conocimiento previo del mismo.

Para nuestras organizaciones, que trabajan en favor de las personas y comunidades más pobres, vulnerables y excluidas del planeta, la defensa activa de los Derechos Humanos, la promoción del desarrollo y la protección del medio ambiente deben estar en la médula de unas políticas públicas realmente orientadas hacia la erradicación de la pobreza. Por eso consideramos esencial la aprobación de un Plan que, siguiendo los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, establezca en el ámbito nacional el deber del Estado de proteger estos derechos, la responsabilidad de las empresas de respetarlos y garantizar el acceso a mecanismos de reparación para la población afectada en casos de violación de sus derechos.

Para ello, es necesario establecer los mecanismos y acciones que garanticen el cumplimiento del objetivo propuesto en el Plan recién aprobado: que las empresas españolas, sus filiales, proveedores, subcontratistas y cadenas de suministros respeten siempre y en todo lugar los Derechos Humanos, reparando los daños causados por la contravención de los mismos.

Apreciando y agradeciendo la labor de coordinación y sistematización del proceso por parte de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC) durante el período 2013-2014, denunciamos, sin embargo, que el Plan adolece de las siguientes debilidades:

  • No afronta con la debida rotundidad la especial protección que el derecho internacional en materia de Derechos Humanos da a los procesos de consulta y consentimiento previo, libre e informado para las comunidades y pueblos indígenas, ancestrales y afrodescendientes a través del Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
  • Carece de una concreción, sistematización y propuesta de desarrollo legislativo de uno de los principios fundamentales en el ámbito de las empresas y los Derechos Humanos como es el de la debida diligencia.
  • Traslada a espacios multilaterales lo que el Gobierno de España pueda hacer para impulsar este tipo de medidas. De este modo, por un lado no existe una apuesta clara de colaboración con otros países miembros para convertir a la Unión Europea en una referencia en cuanto a respeto de Derechos Humanos en la acción de las empresas, lo que supondría, a nuestro parecer, un valor añadido frente a otras regiones del mundo; por otro lado, se apuesta por ejercer la influencia de España en un espacio mucho más complejo y donde nuestro país tiene, objetivamente, menos peso, como es la ONU.
  • Los mecanismos de reparación que se prevén desarrollar no optan de manera determinante por obligaciones extraterritoriales y sí lo hacen por recursos extrajudiciales que privan de equilibrio entre las partes.
  • A pesar de las múltiples acciones y medidas aprobadas en el Plan para los próximos tres años, éste no sólo no cuenta con recursos presupuestarios para ello, sino que además queda condicionada su ejecución a la disposición de presupuesto en cada ejercicio, y se excluye cualquier aumento de gastos de personal de la Administración para su puesta en marcha. Estas restricciones, planteadas al inicio del texto, ponen en tela de juicio la viabilidad y puesta en práctica del Plan propuesto.

Asimismo, el carácter de voluntariedad de los Planes nacionales de Empresas y Derechos Humanos (en desarrollo de la resolución 17/4 de Naciones Unidas sobre los Principios Rectores de Empresas y Derechos Humanos) hace necesario —como así declaró hace pocas semanas la directora de la Oficina de Derechos Humanos del MAEC— la consecución del Tratado de Transnacionales que se negocia en Ginebra y que aboga por la creación de normas vinculantes con mecanismos de prevención, sanción y reparación a víctimas de violaciones de Derechos Humanos por parte de empresas transnacionales. En este sentido, desde «Enlázate por la Justicia» consideramos fundamental que España anime a sus socios de la Unión Europea a sacar adelante dicho tratado, que protegería a los más invisibles y excluidos en los países del Sur.

Por último, Caritas, CONFER, Justicia y Paz, Manos Unidas y REDES expresan su firme compromiso con el desarrollo, disfrute y garantía de los Derechos Humanos en el ámbito de la acción de las empresas, tanto públicas como privadas, junto a su voluntad de ponerse a disposición de las entidades gubernamentales para el seguimiento y evaluación del Plan aprobado, así como para la elaboración del próximo.

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